Don Carlos, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalèn, de Navarra, de Granada ... la seguridad de mis reynos exîge un egercito respetable ... para que la reparticion y exâccion de este servicio se establezaca con reglas fijas ... he tenido por conveniente reducir este importantisimo objeto de mis atenciones una ley y ordenaza permanente ... dada en San Lorenzo el Real a tres de noviembre de mil setecientos y sesenta.
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