Pragmatica que su magestad ha mandado promulgar, revalidando las anteriores, en que se prohibe el uso de armas blancas cortas, y las de fuego, como son pistolas, trabucos, y caravinas, que no lleguen à la marca de quatro palmos de cañon; y solo se permite a los nobles hijosdalgo de estos Reynos, y señorìos, en que se incluye la Corona de Aragon, el uso de las pistolas de arzòn, segun se expressa en ella; y que los cocheros, lacayos, y qualquier criado de librea, no puedan traher à la cinta espada, sable, ni otra arma blanca, baxo las penas, que en ella se imponen
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