Tesis doctorales y Tesinas
Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/10171/7145
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- La auto-preferencia en las plataformas digitales como posible abuso de posición de dominio. El asunto Google Shopping(2024) Fernández-Bustillo, C.M. (Carolina María); Valpuesta-Gastaminza, E. (Eduardo); Siotis, G. (Georges)El Derecho de la competencia de la Unión es, como el resto del Derecho de la Unión Europea, escaso en cuanto a su contenido primario. En particular, la aplicación de la prohibición del abuso de posición de dominio ha presentado una especial dificultad al tratarse de una categoría jurídica abstracta, impregnada de conceptos de la teoría económica, cuyos límites han sido y son, a veces, imprecisos. La determinación, clara y precisa, de si una conducta constituye un abuso de posición de dominio supone, no solo una cuestión teórica, sino una obligación para quienes tienen que aplicar las normas del Derecho de la competencia como una garantía para los operadores que deben moldear sus estrategias en el mercado y cumplir sus obligaciones legales. Cuando las categorías jurídicas no están claramente definidas, las autoridades de competencia se ven expuestas a la incertidumbre de cuál es la teoría del daño que deben aplicar. Y, por su parte, los operadores se arriesgan a actuar de una forma que pueda resultar, a posteriori, ilegal. En este contexto de cambio, la Comisión inició, en el año 2010, una primera investigación contra Google por un posible abuso de posición de dominio, el asunto Google Shopping. Después de varios intentos de llegar a una solución de compromisos, la Comisión dictó una Decisión, en adelante la Decisión Google Shopping , que generó una gran controversia, precisamente por, en opinión de algunos, su ambigua definición de la teoría del daño, así como la deficiente caracterización del test legal a aplicar. Google apeló la Decisión Google Shopping defendiendo que el trato a su filial entraba dentro del ámbito de su libertad como empresa. La Decisión ha sido confirmada por sentencia del Tribunal General, La Sentencia tampoco ha despejado muchas de las dudas planteadas al hilo de la investigación y el análisis de la Comisión, estando hoy pendiente de resolución el recurso de casación presentado por Google ante el Tribunal de Justicia. Tanto la Decisión Google Shopping como la Sentencia Google Shopping han dado lugar a un debate, entre la doctrina, empresas y autoridades de competencia sobre los límites de la aplicación del art. 102 TFUE, que se puede centrar en las siguientes cuestiones: ¿Era la conducta de Google, como plataforma digital que opera en un mercado de precio cero y varios lados, una estrategia racional que respondía al incentivo de maximizar su estructura conglomerada generando eficiencias para el consumidor y que, por lo tanto, debía entenderse como parte de la dinámica competitiva? ¿Era un abuso, una conducta con efectos excluyentes en el mercado de servicios de comparación de productos en Internet, llevada a cabo por Google apalancándose en su posición de dominio en el mercado de servicios de búsquedas generales en Internet? Confirmado un daño para la competencia, ¿cuál era la teoría del daño aplicable a las circunstancias del caso?; ¿qué tipo de elemento era necesario probar para confirmar si la conducta entraba en el ámbito de aplicación del art. 102 TFUE? Las respuestas a estas preguntas condicionarán las futuras estrategias de las plataformas digitales en la Unión Europea y tendrán un impacto seguro en la dinámica competitiva en los mercados en los que operan.
- O direito a casar e fundar família consagrado no artigo 12º da convenção europeia dos direitos humanos(Universidad de Navarra, 2020-10-02) Rodrigues de Araújo, E. M. (Elisa Maria); Bañares, J.I. (Juan Ignacio); Viladrich-Bataller, P. J. (Pedro J. )La tesis centra su objeto de estudio en el Artículo 12 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que recoge el derecho de todo hombre y mujer a casarse y fundar una familia, de acuerdo a las distintas leyes nacionales en lo referido a su ejercicio. En el primer capítulo concretamos los conceptos clave para el análisis de los Derechos Humanos. Abordamos también las características de la Convención Europea de Derechos Humanos, y su original mecanismo de protección. El segundo capítulo incluye un estudio histórico-exegético del Articulo 12, a través de sus trabajos preparativos. Dentro de este estudio recogemos también los trabajos preparatorios del Articulo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fuente inspiradora del Artículo 12. El estudio lo completamos con una revisión de la Jurisprudencia que permite conocer la interpretación aplicada al contenido de este derecho. En el tercer capítulo abordamos las características de los sujetos titulares de este derecho. Sujetos que vienen definidos por los dos requisitos de la capacidad básica para ejercer el derecho: la heterosexualidad y la edad núbil. Por ello completamos este capítulo con dos análisis: las Demandas interpuestas por transexuales y homosexuales al abrigo del Artículo 12, y la noción de edad núbil en todos los documentos internacionales de derechos humanos. Finalmente el cuarto capítulo trata de la soberanía de consentimiento matrimonial y de la familia fundada en el matrimonio. En este contexto defendemos el reconocimiento de la familia como sujeto de derecho, con todas sus consecuencias. Esto conduce a reconocer la relación existente entre familia matrimonial y bien común, a diferenciar las principales funciones sociales de la familia y reconocer sus derechos fundamentales.
- García Goyena y el Proyecto de Código civil de 1851(1995) Repáraz-Padrós, M. (María); Arechederra-Aranzadi, L.I. (Luis Ignacio)La presente tesis doctoral aborda la biografía de Florencio García Goyena como instrumento para comprender su papel en el proceso codificador; el proceso de elaboración del Proyecto de Código civil español de 1851; el contenido material de su articulado; y las críticas que recibió dicho Proyecto, que a la larga ocasionaron que no fuera aprobado.
- Las personas con diversidad funcional manifiesta en el ámbito político. Especial referencia a la situación de las mujeres(2019-02-01) Domínguez-Pascuales, N. S. (Nadia Sofía); Muñoz-Fernández, A. (Alberto); López-Hernández, D. (Dolores)El objeto de la tesis consiste en realizar un estudio sobre las personas con diversidad funcional manifiesta en el ámbito político haciendo especial referencia a la situación de las mujeres. Al enunciar los antecedentes que justifican este trabajo se cuenta como antecedente las razones históricas, ya que en efecto, a lo largo de la historia la diversidad funcional manifiesta ha sido un factor de exclusión social lo que ha conducido a que las personas que conviven con ella se hayan visto excluidas de poder participar activamente en todos los ámbitos de la vida social, llámese educativo, laboral, cultural y, por supuesto, político. Como consecuencia de esa exclusión, las personas con este perfil se vieron discriminadas. Recibieron un trato desfavorable por su diversidad funcional manifiesta. En ese sentido se ha estudiado los modelos históricos en la percepción de la diversidad funcional manifiesta; la construcción social de género, la de la diversidad funcional manifiesta y la concurrencia de estas dos realidades. La investigación empírica de la tesis se ha centrado en el desarrollo de una metodología mixta. Se han realizado técnicas de investigación cualitativa como son un grupo de discusión y entrevistas semiestructuras; la primera con mujeres con diversidad funcional manifiesta; la segunda a personas con responsabilidad política, del mundo asociativo de la diversidad funcional manifiesta, de la docencia, entre otras; además se presentan indicadores sociales que muestran el grado de participación y representación política de las personas con diversidad funcional manifiesta a nivel internacional, regional, nacional y autonómico. Las principales conclusiones de la tesis permite constatar que hay literatura suficiente sobre mujeres y representación política y sobre mujeres con diversidad funcional manifiesta Pero no en relación con la participación y representación política de estas mujeres; que son muy pocos los países que incluyen en los registros estadísticos, indicadores que demuestren la participación política del colectivo estudiado: y que el empoderamiento de estas mujeres constituye un factor trascendental para lograr el liderazgo político y llegar a ocupar espacios de poder y toma de decisiones.
- La protección de los derechos fundamentales en las prestaciones sociales: relevancia de la organización y el procedimiento(2018-10-10) Orbegoso-Silva, M. F. (Miluska Fiorella); Gómez-Montoro, Á.J. (Ángel José)En la tesis planteamos tres temas fundamentales: primero, la configuración del Estado Social y Democrático de Derecho, segundo, la actuación administrativa y los principios que clásicamente la rigen y finalmente, que en ella se veían involucrados derechos constitucionales, en particular, los derechos de libertad. Por ello, la investigación fue dividida en tres capítulos. Por tanto, la investigación fue dividida en tres capítulos. En el primero de ellos, decidimos estudiar a la Administración Pública pero desde la óptica del Estado Social, una administración prestadora encargada de la realización de la cláusula social y que es la que entra en contacto directo con los beneficiarios de la prestación y es ahí donde se presentan los principales problemas. En concreto, a la Administración prestadora, la cual, puede ser una administración prestadora aseguradora de los recursos económicos de los ciudadanos o una administración prestadora de servicios personales o materiales. En donde, en estas últimas, que es la que nos interesa, la particular característica que tiene la actividad prestacional, esto es, el elemento marcadamente personal, imposibilita la regulación a cabalidad del supuesto de hecho, brindándose así un gran margen de libertad a la administración pública. Lo cual, como se pone en evidencia, produce una serie de interrogantes en cuanto a los derechos fundamentales se refiere, pues de un lado, tenemos a una Administración que brinda prestaciones y por otro, a una sociedad plural que demanda que se atiendan sus concretas necesidades. Ante lo cual, se propone emplear los mecanismos de procedimiento y organización. En el Capítulo II, decidimos desarrollar la actividad administrativa. En primer lugar, realizamos un análisis de algunos de los clásicos principios que rigen la actuación administrativa: el principio de legalidad, de reserva de ley y la discrecionalidad administrativa, sugiriendo y reflexionando sobre una posible modulación de los mismos, a fin de que respondan mejor a la nueva función prestadora que asume la administración. Asimismo, propusimos como posible solución a los problemas planteados la aplicación de principios constitucionales fundamentales como son la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y el principio de libertad, los cuales desde nuestro punto de vista no resultan suficiente para garantizar el respeto de los derechos del destinatario de la prestación. En vista de ello, en el tercer Capítulo, proponemos como solución a las cuestiones planteadas la aplicación de la organización y el procedimiento como garantía de la libertad en las prestaciones sociales.
- La regla contra las perpetuidades en el derecho inglés(2018-05-22) Fernández-Arrojo, M. (María); Arechederra-Aranzadi, L.I. (Luis Ignacio)La regla contra las perpetuidades es un limite a la facultad de disponer del propietario que establece un equilibrio entre los intereses jurídicos relativos a la disposición de miembros de generaciones sucesivas. La tesis tiene tres capítulos: El primero analiza diversos conceptos del derecho ingles necesarios para entender la descripción posterior de la institución estudiada. Todos ellos pertenecen al área jurídica de la propiedad. El segundo capitulo contiene el análisis global del principio contra la perpetuidad; El estudio comienza con los derechos contingentes, objeto del mismo. Después se analiza el medio con que cuenta el derecho ingles para crear derechos limitados y sucesivos en los bienes, o instrumento de la vinculación. En tercer lugar se realiza un estudio histórico desde dos perspectivas: La jurídica y la socio-económica. Finalmente, se describe la operatividad del principio, tal y como vige actualmente. El tercer capitulo describe las dos vertientes de la polémica a que ha dado lugar esta regla en las ultimas décadas. Por un lado, una discusión sobre la función actual del principio y, por otro, los diversos conceptos defendidos de las "vidas medidoras del periodo de perpetuidad" en la doctrina, así como un estudio de dicho concepto a través de la jurisprudencia del Common Law.
- Los procedimientos cooperativos en la Unión Europea: cooperación administrativa y tutela de los interesados a la luz de la unión aduanera(2017-09-08) Fernández-Gaztea, J.K. (Joseba Koldo); López-Jurado, F.B. (Francisco Borja); Hernández, J.C. (Juan Carlos)Este estudio tiene por objeto profundizar en los procedimientos administrativos cooperativos europeos con la finalidad de extraer conclusiones que puedan mejorar la tutela del interesado. Lo que se persigue es mitigar la inseguridad jurídica a la que se expone quien participe en un procedimiento de este tipo. En un procedimiento cooperativo europeo, la persona que quiera hacer valer sus derechos se enfrenta, primero, a la incertidumbre que genera el hecho de que la jurisdicción sobre los actos del procedimiento está repartida entre varios órganos jurisdiccionales1, y; segundo, a la carga de tener que accionar en varias jurisdicciones. Cuando el procedimiento finaliza por acto de la UE se encuentra con que el Tribunal de Justicia recurre a un criterio equívoco a la hora de decidir si extiende o no su jurisdicción a los actos de trámite ejecutados por las Administraciones nacionales2. Todo esto contribuye a que el interesado no disfrute de la mejor de las protecciones posibles. En respuesta se propone analizar la realidad de los procedimientos cooperativos con la intención de que las conclusiones se puedan usar para la confección de una solución a esta problemática.
- La protección de las aguas subterráneas en el Derecho de aguas español(Servicio de Publicaciones, Universidad de Navarra, 2012-11-16) Erice, V. (Valentina); Ruiz-de-Apodaca, Á.M. (Ángel María)La primera parte del trabajo está referida a la historia de la normativa relacionada con la protección del agua en general, y de las aguas subterráneas en particular. La segunda parte se centra en las técnicas administrativas que se ocupan de los principales problemas a los que se enfrentan las aguas subterráneas y que ponen en riesgo el cumplimiento de los objetivos ambientales, en especial, el alcanzar para el año 2015 un buen estado. Finalmente agregamos, por considerar que el derecho comparado resulta siempre enriquecedor, una aproximación al régimen de protección de las aguas subterráneas en Argentina, con especial atención al Derecho de aguas de la provincia de Mendoza. Creemos, en definitiva, que la protección de las aguas subterráneas debe tener como base la ética de respeto para con el prójimo y las generaciones futuras, que es la que lleva al respeto del ambiente y del agua. En ella debemos buscar el fin de la Política ambiental, que no es otro que el de alcanzar el desarrollo sostenible, del cual es evidente protagonista el Derecho de aguas y la Administración hídrica al velar por la conservación y protección de este recurso natural indispensable para la vida.
- La fundamentación de los "fiduciary duties" de los administradores de sociedades y sus consecuencias en la acción social de responsabilidad(Servicio de Publicaciones, Universidad de Navarra, 2012-11-13) Casanova-Torrado, M.J. (Miguel José); Hualde-López, I. (Ibón); Valpuesta-Gastaminza, E. (Eduardo)El objeto de la presente investigación es el estudio de la actuación exigible a los miembros del órgano de administración de las sociedades de capital en el ejercicio del poder de decisión que contractual y normativamente les corresponde, en el marco de la relación fiduciaria que les vincula con la sociedad administrada. Dicha cuestión ocupa un lugar privilegiado en el moderno movimiento de Corporate Governance europeo, dirigido a reducir al mínimo los costes empresariales derivados del necesario control al que las sociedades deben someter a sus decisionmakers, para alinear sus decisiones discrecionales con el ¿interés social¿. Ahora bien, hasta la fecha, en los estudios efectuados al respecto, se han privilegiado perspectivas con una fuerte carga ideológica, que, no obstante las notables diferencias existentes entre ellas, han venido a coincidir en un común planteamiento y resultado reduccionista, de corte economicista. Esta apreciación se hace en particular patente cuando se considera la cuestión relativa a la conceptuación del denominado ¿interés social¿, erigido en directriz básica del comportamiento debido por los administradores sociales, al tiempo que en criterio o instrumento de interpretación e integración de sus deberes fiduciarios. La polémica acerca del entendimiento del interés social ha suscitado, entre otros, el problema de la inevitable contraposición o, alternativamente, posible y deseable coordinación entre los intereses de los socios (shareholders) y los intereses de quienes, sin tener la condición de socios, también se ven afectados por el supuesto societario (trabajadores, financiadores, consumidores, comunidades locales¿ [stakeholders]). En la presente investigación, se considera la oportunidad y viabilidad de un enfoque capaz de superar las limitaciones a las que se ha hecho referencia y desde el cual el buen gobierno de las sociedades de capital pueda cimentarse sobre una comprensión tanto del interés social, como de los deberes fiduciarios de los administradores, que tenga en cuenta no sólo los aspectos contractual e institucional del fenómeno societario, sino, particularmente, la especial significación de la persona humana como empresaria, como agente capaz de descubrir y poner en marcha las oportunidades de negocio que descubre en el mercado. Se procura sentar las bases de un nuevo prisma a través del cual poder interpretar e integrar los aspectos jurídicos del gobierno corporativo y, en particular, de los deberes fiduciarios de los administradores de sociedades de capital. Dicho criterio se funda en una antropología distinta de aquella que inspira la visión economicista y estática de los paradigmas tradicionales (contractualista e institucionalista). Debe estar, en definitiva, más centrada en la persona humana libre, así como en su esencial capacidad de actuar empresarialmente.
- The African Human Rights Judicial System: A Proposal For Streamlining Structures And Domestication Mechanisms Viewed From The Foreign Affairs Power Perspective(Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra, 2012) Franceschi-Franceschi, L.G. (Luis Gabriel); López-Jacoiste-Díaz, E. (Eugenia); Bermejo-García, R. (Romualdo)The present study deals with these two interconnected yet often forgotten realities of the constitutional order in Africa: First, the ‗foreign affairs power‘ that gives the specific organs of the State the capacity to create and empower universal, regional and sub-regional governance and judicial structures.14 Secondly, the ‗international judicial function in Africa‘, with focus on the African Court on Human and Peoples‘ Rights and the upcoming merger with the African Court of Justice. In this regard, we have proposed what seem to be the best domestication channels for supranational human rights judicial decisions in Africa. We have also proposed amendments to the so-called ‗Protocol on the Statute of the African Court of Justice and Human Rights.‘