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Keywords

Penas de Cámara, Gastos de justicia, Fraude, Corrupción, Venalidad de oficios, Donativo de las guerras de Italia, Chancillería, Visitas, Granada, Fines, Legal Costs, Fraud, Corruption, Venal employments, Donation of Italian wars, Chancellerie, Visits, Granada

Abstract

En el Antiguo Régimen las Audiencias y las Chancillerías castellanas se autofinanciaron en parte a través de los fondos de penas de cámara y de gastos de justicia. En la Chancillería de Granada, la administración de estos fondos correspondió a los receptores de penas de cámara y gastos de justicia, empleos enajenados que sus propietarios compraron por sumas muy elevadas. Ambos receptores cometieron muchos fraudes en su gestión, por lo que los magistrados del tribunal introdujeron algunas reformas destinadas a fiscalizar su labor en el siglo XVII. Sin embargo, estas reformas no pudieron llevarse a cabo hasta que don Juan de Arce y Otálora visitó la institución a mediados del Seiscientos.

During the Old Regime, Castilians Chancilleries and Courts were partly self-financed by funds of penas de cámara (fines) and gastos de justicia (legal costs). In Chancellery of Granada these funds were administered by the receptors of chamber fines and legal costs (receptores de penas de cámara). These employments were alienated and their owners paid a vast amount of money for them. Receptors committed frauds in such a way that, during 17th century, court’s magistrates introduced some reforms in order to audit their work. However, these reforms could not been carry out until Mr Juan de Arce y Otálora visited the institution in the middle of 17th century.