Derecho, razón y pasión en la ley natural
Palabras clave : 
Derecho Canónico
Ley natural
Ley eterna
Razón práctica
Natural Law
Eternal Law
Practical Reason
Fecha de publicación : 
dic-2008
Editorial : 
Instituto Martín de Azpilcueta
ISSN : 
0021-325X
Cita: 
IUS CANONICUM, 2008, XLVIII, N. 96, págs. 537-571
Resumen
La ley eterna se participa en las criaturas de dos modos distintos: como mera inclinación material impresa en la naturaleza (concepto impropio de ley) y como participación formal, en cuanto imperativo de la razón creada hacia un fin (sentido propio de ley, que como tal existe sólo en las criaturas racionales). Según este segundo sentido, la razón humana es fuente reguladora y preceptiva, creadora de la ley, de modo análogo a como lo es la sabiduría divina. La ley natural consiste propiamente en esta participación de la razón humana en la razón divina, que se manifiesta en que, a semejanza de la divina y cooperando con ella, la razón humana es capaz de contribuir a la ordenación de todo -de uno mismo en primer lugar- hacia su fin. En esta labor ordenadora, confluyen interactuando la razón y el dinamismo apetitivo del hombre perfeccionado por la virtud moral. Por su parte, la ley humana se muestra como aquella solidaridad mínima exigible por la ley natural. En este trabajo se explica también de qué modo la ley humana se deriva de la ley natural. Asimismo se muestra la diferencia entre 'ius gentium' y 'ius naturale'. Y por último, se hace referencia a dimensión religiosa de la ley natural. ------ Creatures participate in the eternal law in two different ways: as a mere material inclination stamped in nature (the improper concept of law), and as a formal participation, as imperative towards an end, created by human reason (the proper sense of law, insofar as it only exists in rational creatures). According to this second sense, human reason is regulatory and prescriptive, the creative source of law, in an analogous way as divine wisdom is. Natural law consists properly in this participation of human reason in the divine reason, in that it manifests itself in such a way that, in like manner to divine reason and cooperating with it, human reason is able to contribute to the ordering of everything -of oneself first of all- towards its end. In this ordering task, man's reason and appetitive power interact together, being perfected by moral virtue. In turn, human law is shown as that minimum indispensable solidarity demanded by natural law. This work will also explain the manner in which human law is derived from natural law. It will also demonstrate the difference between 'ius gentium' and 'ius naturale'. And finally, it will make reference to natural law's religious dimension.

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