Jurisprudencia norteamericana sobre autonomía de las Iglesias y relaciones laborales: Doctrina de la "excepción ministerial". Parte I: Antes de "Hosanna-Tabor" (2012)
Otros títulos : 
US Case Law on Church Autonomy and Labor Relations: The Doctrine of the Ministerial Exception. Part I: Before Hosanna-Tabor (2012)
Palabras clave : 
Autonomía de las Iglesias
Relaciones laborales
Excepción ministerial
Fecha de publicación : 
2019
Editorial : 
Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra
ISSN : 
0021-325X
Cita: 
Rubio-López, J.I. (José Ignacio). "Jurisprudencia norteamericana sobre autonomía de las Iglesias y relaciones laborales: Doctrina de la "excepción ministerial". Parte I: Antes de "Hosanna-Tabor" (2012)". Ius Canonicum. 59 (117), 2019, 79 - 119
Resumen
By applying the two religion clauses of the First Amendment (free exercise and non-establishment), the Supreme Court of the United States defended the autonomy of churches through the definition of ecclesiastical abstention in Watson v. Jones (1879). A century later, as a development of this decision in the field of labor relations, the federal courts recognized a ministerial exception by which churches would enjoy a sphere of autonomy in relation to their ministers. The Fifth Circuit did so in McClure (1972) and the US Supreme Court admitted the constitutionality of the ministerial exception ruling in Hosanna-Tabor (2012). This Court resolved a number of issues that had occupied the courts for forty years in relation to the identity of the minister and its evaluation as such, as well as the nature and application of that decision.
En aplicación de las dos cláusulas religiosas de la Primera Enmienda (libre ejercicio y no establecimiento), el Tribunal Supremo de los Estados Unidos defendió la autonomía de las Iglesias a través de la doctrina de la abstención eclesiástica en el caso Watson v. Jones (1879). Un siglo después, los tribunales federales reconocieron, como una evolución de esta doctrina en la esfera de las relaciones laborales, la excepción ministerial por la que las Iglesias gozarían de una esfera de autonomía en relación con sus ministros. Es lo que hizo el quinto circuito en McClure (1972), admitiendo el Supremo su validez constitucional en el 2012 (Hosanna-Tabor). Al hacerlo así se pronunció sobre una serie de cuestiones que habían venido ocupando a los tribunales por espacio de cuatro décadas acerca de la identificación del ministro y del examen a emplear en ello, de la aplicación de esa doctrina y de su naturaleza.
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