REV - Ius Canonicum - 2016 Vol. 56 nº112

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    Las recientes reformas legales en el sistema matrimonial español
    (Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra, 2016) Sanciñena-Asurmendi, C. (Camino)
    Las recientes reformas legales en el sistema matrimonial español han afectado al matrimonio religioso, tanto en su momento constitutivo como en su momento extintivo. Algunas de estas reformas han tenido por objeto directo el matrimonio de carácter religioso, mientras que otras –no menos importantes– han llegado al matrimonio religioso al modificarse la regulación del matrimonio civil. La Ley de Jurisdicción voluntaria ha extendido la autorización de matrimonios religiosos, en orden a proteger y promover los principios constitucionales de libertad, igualdad y pluralismo. Admite el matrimonio religioso previsto por aquellas confesiones o comunidades, que estando inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, hayan obtenido declaración de notorio arraigo en España, como los Mormones, los Testigos de Jehová, Budistas o la Iglesia Ortodoxa. Además, las recientes reformas legales han modificado, si bien indirectamente, el procedimiento para el reconocimiento de las resoluciones eclesiásticas matrimoniales.
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    La recepción de la "Dignitatis humanae" en la canonística española e italiana
    (Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra, 2016) Martín de Agar, J. T. (José Tomás)
    Con ocasión del 50º de la Declaración del Concilio Vaticano II sobre la libertad religiosa Dignitatis humanae, se estudian brevemente las reacciones que este documento suscitó en la doctrina italiana y española. Se presta atención a los temas más importantes o problemáticos, sobre todo la novedad que la Declaración conciliar introdujo en el magisterio de la Iglesia y asimismo sus repercusiones en el Derecho eclesiástico del Estado, especialmente español, en el que a raíz de la Declaración hubieron de ser introducidos cambios notables en el estatuto civil de las personas y confesiones no católicas manteniendo al mismo tiempo la confesionalidad existente. En las materias más concretas se observa que mientras la doctrina española se interesa por el matrimonio y la enseñanza, la italiana se plantea el problema de la eventual aplicación de la Declaratio dentro de la Iglesia, en particular las cuestiones penales relacionadas con la disidencia de la doctrina y enseñanzas del magisterio.