REV - Ius Canonicum - 2015 Vol. 55 nº110
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- Perspectiva canónica del trust(Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra, 2015-12) Otaduy, J. (Javier)Buena parte de la doctrina británica entiende que el trust (use) brotó sin conexión alguna con el ius commune del continente. En realidad hubo múltiples conexiones que hacen al derecho continental, civil y canónico, corresponsable del origen del use. La influencia eclesiástica fue grande en la Court of Chancery para juzgar equitativamente sobre los derechos de los beneficiarios. Los Christian Courts juzgaban además de los trusts intergeneracionales. La doctrina continental ocupó un lugar cómodo junto al Common Law hasta el siglo XVII. Desde el movimiento codificador europeo ha existido una fuerte suspicacia frente a todos los negocios fiduciarios, por insolidarios y simulatorios. El derecho canónico ha admitido, con cautelas, la posibilidad del negocio fiducial. En el actual c. 1302 cabe el modelo del charitable trust, siempre que el ordenamiento civil del país lo acepte.